Artículo Disposición adicional cuadragésima cuartaDisposición adicional cuadragésima cuarta
Disposición adicional cuadragésima cuarta. Medidas de apoyo al emprendimiento.
A los sujetos pasivos de este Impuesto que cumplan los requisitos para ser considerados personas emprendedoras, o que sean socios de una entidad en régimen de atribución de rentas que cumpla los requisitos para ser considerada emprendedora, de acuerdo con lo establecido en la normativa foral del Impuesto sobre Sociedades, les serán de aplicación las medidas de apoyo al emprendimiento establecidas en dicha normativa.
Norma publicada: 2 de junio de 2008